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Permuta o cambio

Conoce todos los requisitos que necesitas para solicitar este servicio en la Notaría 28 de Medellín, junto con las preguntas frecuentes más comunes.

¿Qué es una permuta?

Contrato en el que las partes se obligan mutuamente a dar una especie o cuerpo cierto por otro.

Requisitos

Bienes inmuebles:

  • Título antecedente (Escritura del inmueble).
  • Certificado de tradición y libertad.
  • Paz y Salvo de impuesto predial vigente.
  • Paz y Salvo de valorización municipal vigente.
  • Paz y salvo de administración vigente, si aplica.
    Paz y salvo de valorización departamental (Gobernación de Ant.) y ficha predial, si aplica.
  • Si es lote de terreno: Paz y salvo de tasa de aseo (Empresas Varias)
  • Fotocopias de cédulas.
  • Certificado de existencia y representación legal (cámara y comercio) y acta de socios/accionistas, si aplica.
  • Poder si alguna de las partes actúa mediante apoderado. (Si se trata de un poder general. debe traer su respectiva nota de vigencia).

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si uno de los bienes a intercambiar vale más que el otro?

Se puede dar el excedente, pero para que se configure el contrato de permuta, la cosa debe valer más que el dinero/excedente.

¿Qué bienes se pueden permutar?

Todos los bienes que se puedan vender, sean mueble o inmuebles.

Déjanos saber cómo podemos ayudarte.

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Cuando tienes aliados que se interesan por ti y por tus necesidades notariales, puedes documentar los pasos más importantes de tu vida con transparencia y profesionalismo. ¡Permítenos orientarte!

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